Ministerio de Economía

COORDINACIÓN FINANCIERA
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN FINANCIERA

La SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN FINANCIERA es el Órgano Rector del Sistema de Crédito Público de la Provincia del Chubut, designado por el Decreto Reglamentario Nº 809/12 de la Ley de Administración Financiera. Entendiendo por Crédito Público la capacidad que tiene el sector público provincial de endeudarse con el objeto de captar medios de financiamiento para realizar inversiones, atender casos de evidente necesidad provincial, reestructurar su organización o, refinanciar sus pasivos, incluyendo los intereses respectivos. En dicho marco, la Subsecretaría es la encargada de gestionar las autorizaciones para realizar operaciones de crédito público, emitir y colocar títulos, bonos y obligaciones de largo y mediano plazo, Letras del Tesoro, préstamos con organismos públicos y privados, consolidación, conversión y renegociación de deudas, tanto en el mercado nacional e internacional. Asimismo, deberá tramitar los pagos y registros de los servicios de dichos endeudamientos, constituidos por la amortización del capital, intereses y gastos convenidos en la operación.

DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN Y FINANCIAMIENTO:

La DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN Y FINANCIAMIENTO, dependiente de la Subsecretaría, es la encargada de asistir a la misma en la elaboración de las políticas de obtención de recursos para el financiamiento del presupuesto provincial, analizar los instrumentos financieros del mercado, realizar estimaciones y proyecciones respecto a la deuda pública, supervisar el estado de las garantías comprometidas, saldos pendientes de cancelación de operaciones financieras y montos destinados a la amortización de capital e intereses, analizar y desarrollar propuestas de financiamiento que requiera la Provincia, controlar la documentación y evaluaciones pertinentes que corresponda enviar a los organismos nacionales tendientes a lograr las autorizaciones de endeudamiento, entre otras. Además, la Dirección General de Coordinación y Financiamiento será la encargada de analizar y tramitar la autorización de operaciones de crédito público a Municipios y Comisiones de Fomento, cumpliendo con los requisitos establecidos en la Ley II Nº 64 de Responsabilidad Fiscal y su Decreto Reglamentario.

OFICINA PROVINCIAL DE CONTRATACIONES:
La Oficina Provincial de Contrataciones es el Órgano Rector del Sistema Provincial de Contrataciones creado por el Art. 4º de la Ley II Nº 76 (antes Ley 5447) reglamentado por el Decreto Nº 777/06. Tiene como misión, proponer las políticas, normas y procedimientos relativos a las contrataciones de bienes y servicios del sector público provincial, manteniendo un criterio de centralización normativa y de descentralización para la gestión operativa. La misma se encuentra conformada por el Área de Normatización de Compras y Contrataciones y por el Área de Sistemas de Información y Transparencia, ambas dependientes de la Subsecretaría de Coordinación Financiera del Ministerio de Economía.
Certificados e informes de la cláusula 1.32 del Primer Suplemento del Contrato de Fideicomiso del BOCADE